Después de que el 2021, el estado de Nuevo León se declarara constitucional, una reforma a la ley de Estatal de Salud; en donde se ordenó el uso obligado de cubrebocas, en espacios públicos, centros comerciales, transporte público.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN); facultó a los gobiernos estatales para dictar normas sobre el uso obligatorio de cubrebocas durante emergencias sanitarias, actualmente por al covid-19.
Los ministros en mayoría consideraron que, en materia de salubridad general; tanto la Federación como las autoridades estatales tienen atribución para legislar sobre el tema, siempre que los segundos no contradigan a la primera.
El ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, expresó que; es procedente que las entidades tengan facultades para proteger a su población, con la limitante de que no se contraríen las disposiciones federales.
El ministro ponente, Juan Luis González Alcántara Carranca, señaló en su proyecto, Que esta facultad de los estados estaría vigente solo mientras que el gobierno federal mantiene la declaratoria de emergencia sanitaria. Lo que fue rechazado.
Ocho de los ministros; determinan que las facultades de los estados en esta materia, vienen de la Constitución y no pueden depender de las decisiones de la Federación.
Los ocho ministros votaron a favor de la validez de las reformas a la Ley Estatal de Salud que establece el uso obligatorio del cubrebocas.