Andy Gordillo exenta cobro de arrastre y depósito de autos a victimas de robo de vehículos.

La diputada Andrea Gordillo Vega, presentó ante el Pleno del Congreso una Iniciativa que pretende evitar la doble victimización que hasta ahora sufren las víctimas de robo de vehículos, al tener que pagar costos excesivos por maniobras de arrastre y depósito de automóviles.

A manera de contexto, se cuestionó en torno a la experiencia que ha tenido la ciudadanía al utilizar los servicios de grúa o cuando han sido víctimas de robo de auto, y lamentó que además de las circunstancias complicadas, tengan que padecer por “cobros abusivos de los concesionario o pagos injustos”; consideró “necesario tomar acciones para garantizar que los servicios de arrastre y corralón cumplan con el Plan Estatal de Desarrollo”, y se ofrezcan a la ciudadanía con eficiencia y de manera expedita.

En este contexto, la legisladora presentó, una iniciativa de reforma a la Ley de Víctimas del estado, con intención de que, quienes padezcan el robo de vehículo, estén exentas del pago de los servicios de grúas y depósito de vehículos, y reveló que “según un reporte de la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros, Morelos es una de las 10 entidades con más robos de vehículo”.

Asimismo, propuso reformar la Ley para la Administración de Bienes Asegurados de la FGE, “con la intención de garantizar la conservación del vehículo, propiedad de la víctima de un delito, y asegurar que la Fiscalía priorice que los vehículos de las víctimas sean asegurados en depósitos administrados por el estado o sus municipios”.

Sugirió reformar la Ley Orgánica municipal para que, cuando la ciudadanía requiera de los servicios de corralón y arrastre, “sea la Tesorería Municipal la instancia cobre estos servicios, con independencia de que esos estén concesionados a particulares”.

Deploró que “la información existente sobre la prestación de estos servicios es mínima y, aunque los costos están contemplados en las leyes de ingresos de cada municipio, en la práctica, los concesionarios incurren en excesos al cobrar la prestación del servicio”.

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